Esta declaración debe recoger la cantidad y tipo de envases introducidos en el mercado, las medidas adoptadas para su recogida, reciclaje y valorización, así como los datos sobre la gestión de residuos de envases. Esta declaración se presenta ante las comunidades autónomas o las SCRAP.
Esa es una de las implicaciones más relevantes del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, que establece nuevas obligaciones para las empresas que envían sus productos envasados al sector industrial y/o comercial. Este decreto tiene como objetivo reducir el impacto ambiental de los envases y promover una economía circular.
Esta medida «complica bastante la vida económicamente», a las empresas, explica a industry TALKS Marta Carnero, coordinadora del área de Sostenibilidad en AECIM, la Asociación de Empresas del Metal de Madrid, «porque, por una parte, tienen que abonar la gestión de los envases que reciben y, por otro, lado tienen que abonar la futura gestión de los envases que pongan en el mercado. Esto suena contradictorio, es decir, lo que dice el Real Decreto es que quien pone envases en el mercado es el que se tiene que hacer cargo económicamente de la gestión del residuo que se produzca al final de la vida útil».
«En principio los envases no eran un problema, incluso la gestión de residuos en España, tal como se estaba realizando hasta la actualidad, donde el envase no generaba ningún problema medioambiental. Todas las empresas tenían gestores de residuos con los cuales abonaban y ellos hacían la documentación pertinente que remitían a las administraciones públicas», añade. Ahora tienen «una carga económica superior» y además, incide Carnero, esta es una normativa nacional que solo afecta a los envases que se quedan en territorio español. «Si tú envasas y lo mandas fuera de España, aunque a la Unión Europea, por ese envase no pagas. Por lo tanto, en cuanto a competitividad, es otro coste más», dice.
Las firmas afectadas por esta normativa que entra en vigor deberán cumplir con tres obligaciones:
1.- Inscripción en el Registro de Productores de Producto: Todas las empresas que envasen o preparen productos para su envío o transporte dentro del territorio nacional deben inscribirse en este registro. Según Carnero, ya hay registradas casi 400.000 empresas, afirma la coordinadora de AECIM.
2.- Organización y financiación de la gestión de residuos: Las empresas deben organizar y financiar la recogida y tratamiento de los residuos de envases, ya sea de forma individual o a través de un Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP).
3.- Presentación de la Declaración Anual de Envases: Antes del 31 de marzo de 2025, las empresas deben presentar la Declaración Anual 2024 de envases ante el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). Además, deben comunicar el SCRAP al que se han adherido para cumplir con las nuevas disposiciones.
Carnero pide que ya que las empresas abonan el envase en origen, lo preferible sería que no tuvieran que pagar la gestión del residuo por adelantado. A ella la idea que subyace en la normativa no le parece mal y esta reside en que cuanto más tengas que abonar por el residuo final, en cierta manera harás un envase más sostenible y verde. «El problema es que tenemos que pagar lo que ponemos en el mercado y también lo que recogemos en nuestras industrias», opina.
Definición y funciones
Pero, ¿qué son las SCRAP y cómo funcionan?
Los SCRAP son entidades sin ánimo de lucro creadas para gestionar los residuos de envases y otros productos en nombre de los productores que los ponen en el mercado. Su función es ayudar a las empresas a cumplir con sus obligaciones legales en materia de gestión de residuos, especialmente en el marco de la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP).
Su objetivo principal es gestionar los residuos de envases y otros productos que las empresas ponen en el mercado, asegurando su recogida, clasificación, reciclaje y valorización. También tienen como meta cumplir con los objetivos legales de reciclaje y reducir el impacto ambiental de los residuos.
Las empresas que ponen envases en el mercado se adhieren a un SCRAP y pagan una tarifa en función de la cantidad y tipo de envases que comercializan. El SCRAP se encarga de organizar la recogida selectiva, el transporte y el tratamiento de los residuos. También realizan campañas de sensibilización y educación ambiental para fomentar el reciclaje entre los ciudadanos.
Algunas SCRAP muy conocidas entre el público general. Ahí están Ecoembes, que gestiona envases ligeros (plástico, metal y briks) y envases de papel y cartón; Ecovidrio, que recicla los envases de vidrio; Sigre, que se ocupa de los residuos de medicamentos y sus envases; Sigfito, que trata los envases de productos fitosanitarios; o Ecolum, que aborda el reciclado de bombillas, lámparas y luminarias, principalmente.
«El Real Decreto de envases de 2022 y el futuro reglamento afecta a las empresas que ya trabajan con nosotros con aparatos eléctricos y electrónicos ya envasados o que envasan sus propios productos para poder distribuirlos a sus clientes», explica a este diario digital industrial Patricia Herrero, directora técnica y de operaciones de Ecolum.
«Para empresas especializadas, el envasado de productos domésticos, los champús, las pastas de dientes, los botes de comida es algo muy normal, pero en este caso a estas empresas les afecta mucho lo que es el envase de transporte. Es muy difícil poder sacar los datos de cuántos envases están poniendo en el mercado, porque muchas veces tú importas un producto envasado, por ejemplo, y no sabes si te han dado tres vueltas al fin de embalar o cinco. Entonces, ¿cómo mides los kilos que estás trayendo de productos envasados con film de embalar o con flejes?», argumenta Herrero. «Tienes que hacer estimaciones».

«Y luego también está la obligación de informar de la contribución al SCRAP en factura. Tienes que informar cuánto estás contribuyendo al SCRAP para gestionar esos residuos. Y lógicamente, si te cuesta ya hacer una estimación, pues también es difícil saber e identificar la cantidad de residuos que utilizas y, por tanto, aplicar una tarifa para mostrar esa contribución. Es hilar muy fino lo que han hecho en la normativa. Y es como muy teórico, pero en la práctica es muy difícil de hacer, sobre todo en los envases de transporte, que son los que más pueden afectar a nuestras empresas, envases de transporte o de agrupación. Son los que se llaman en la normativa envases secundarios y envases terciarios», valora la especialista de Ecolum, que no solo recicla lámparas sino también los llamados RAEE, es decir, los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
En cualquier caso, Herrero considera que todas las normativas que vayan enfocadas a controlar la trazabilidad y la gestión de los residuos son «correctas» y «necesarias», pero desliza que sería recomendable «tener cierta flexibilidad, unos mínimos, porque hay empresas muy pequeñas que no pueden o no tienen estos registros».
Las SCRAP han recibido críticas desde diversos sectores. Las más comunes apuntan a la falta de transparencia, las bajas tasas de recclaje real y a un modelo de negcio cuestionado.
Algunas organizaciones y expertos denuncian que las SCRAP no proporcionan información detallada sobre cómo se gestionan los fondos que reciben de las empresas. Se cuestiona si realmente se invierte suficiente en mejorar la infraestructura de reciclaje y en alcanzar los objetivos de reciclaje.
Aunque las SCRAP reportan altas tasas de reciclaje, algunos estudios como el publicado por Greenpeace en 2021 sugieren que estas cifras podrían estar infladas. Critica que no se contabilizan adecuadamente los residuos que terminan en vertederos o incineradoras. En esta línea se posicionan organizaciones como Amigos de la Tierra o Zero Waste Europe o especialistas como Carlos Arribas (Ecologistas en Acción), Miguel Ángel Ortega (Rezero) y Alberto Vizcaíno López. Las críticas de Greenpeace no han cedido.
Finalmente, las SCRAP operan como monopolios en sus respectivos sectores, lo que limita la competencia y puede reducir la eficiencia. Algunos críticos argumentan que este modelo desincentiva la innovación y la mejora de los sistemas de gestión de residuos.
Las SCRAP se centran en el reciclaje, pero no siempre fomentan la reducción del uso de envases o la reutilización. Esto puede perpetuar un modelo de consumo lineal en lugar de avanzar hacia una economía circular.
Otro argumento esgrimido es que las tarifas que pagan las empresas a las SCRAP pueden trasladarse a los precios de los productos, lo que afecta a los consumidores. Algunas pymes critican que estas tarifas son desproporcionadas y no tienen en cuenta su capacidad económica.
Por otro lado, las SCRAP también tienen defensores que destacan sus logros y contribuciones a la sociedad y la industria. Por ejemplo, han financiado la instalación de contenedores de recogida selectiva (amarillos, azules y verdes) en toda España, lo que ha facilitado el reciclaje a los ciudadanos. También destacan que, gracias a estas organizaciones, España ha cumplido con los objetivos de reciclaje establecidos por la Unión Europea en materia de envases. También es cierto que las SCRAP han realizado campañas de educación ambiental que han aumentado la concienciación sobre la importancia del reciclaje.
Sistemas de Depósito, Devolución y Retorno
Debido a estas críticas, se han propuesto alternativas al modelo actual de SCRAP. La más conocida de estas opciones se llama Sistemas de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR), un método por el que los consumidores pagan un depósito al comprar un producto envasado y lo recuperan al devolver el envase vacío.
España está considerando la implantación de un sistema de depósito para envases de bebidas, similar al que ya existe en otras naciones europeas como Alemania o los países nórdicos, donde ha sido muy eficaz, alcanzando tasas de recogida superiores al 90%. Este procedimiento tiene como objetivo aumentar las tasas de recogida y reciclaje de envases, especialmente de plástico. Además, permite la entrada de más actores en la gestión de residuos para fomentar la innovación y reducir costes. Y prioriza la reducción del uso de envases y fomentar la reutilización, en lugar de centrarse únicamente en el reciclaje.
Para las empresas industriales, el decreto tiene varias implicaciones importantes:
Gestión de Residuos: Las empresas deben mejorar sus sistemas de gestión de residuos, asegurándose de que los residuos se clasifican, almacenan y tratan adecuadamente. Esto puede implicar la inversión en nuevas tecnologías y procesos.
Las empresas industriales deben implementar sistemas eficientes para la clasificación, almacenamiento y tratamiento de residuos. Esto implica:
- Separación de residuos: Los residuos deben separarse en origen (plástico, metal, papel, etc.) para facilitar su reciclaje.
- Inversión en infraestructura: Puede ser necesario adquirir equipos como compactadoras, contenedores específicos o sistemas de tratamiento de residuos.
- Colaboración con gestores autorizados: Las empresas deben trabajar con empresas autorizadas para el transporte y tratamiento de residuos, asegurándose de que cumplan con la normativa.
Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP): Las empresas deben asumir mayores responsabilidades en el ciclo de vida de sus productos, incluyendo su recogida, tratamiento y reciclaje una vez que llegan al final de su vida útil.
La RAP obliga a los productores (fabricantes, importadores o distribuidores) a responsabilizarse de los envases y productos que ponen en el mercado, incluso después de su vida útil. Esto incluye:
Financiación: Los productores deben cubrir los costes de la gestión de residuos, incluyendo recogida, transporte y reciclaje.
Sistemas de depósito, devolución y retorno (SDDR): En algunos casos, se pueden implementar sistemas en los que los consumidores devuelven los envases a cambio de un reembolso.
Ecodiseño: Los productos deben diseñarse para ser más fácilmente reciclables, reparables o reutilizables.
Economía Circular: Se fomenta la adopción de prácticas de economía circular, lo que significa que las empresas deben diseñar productos que sean más fáciles de reparar, reutilizar y reciclar. Esto puede requerir cambios en el diseño de productos y en los procesos de fabricación.
El decreto fomenta la transición hacia un modelo de economía circular, lo que implica:
Reducción de residuos: Las empresas deben minimizar la generación de residuos en sus procesos productivos.
Reutilización y reciclaje: Se deben buscar formas de reutilizar materiales y productos, así como aumentar las tasas de reciclaje.
Innovación: Las empresas pueden desarrollar nuevos productos o procesos que reduzcan el impacto ambiental, lo que puede abrir nuevas oportunidades de mercado.
Documentación y Reporte: Las empresas deben mantener registros detallados y reportar sus actividades de gestión de residuos a las autoridades competentes. Esto incluye la cantidad y tipo de residuos generados, así como las medidas tomadas para su tratamiento y reciclaje.
Las empresas deben mantener registros detallados y presentar informes periódicos a las autoridades. Eso incluye una Declaración Anual de Envases que debe incluir
- La cantidad y tipo de envases introducidos en el mercado.
- Las medidas adoptadas para su recogida, reciclaje y valorización.
- Los datos sobre la gestión de residuos de envases
Esta declaración se presenta ante las comunidades autónomas o las SCRAP.
Además, las empresas deben documentar la cantidad de residuos generados, su destino y las medidas tomadas para su tratamiento.
Incentivos y Sanciones: El decreto establece incentivos para aquellas empresas que adopten prácticas sostenibles y sanciones para las que no cumplan con las normativas. Esto puede afectar la competitividad y la reputación de las empresas. También contempla sanciones.
En cuanto a los incentivos, existen subvenciones o ayudas para empresas que inviertan en tecnologías sostenibles o mejoren sus procesos de gestión de residuos. También se contemplan beneficios fiscales para aquellas empresas que adopten prácticas de economía circular.
En el capítulo de las sanciones, estas se clasifican en leves, graves y muy graves, dependiendo de la infracción cometida.
- Infracciones leves: Multas de hasta 10.000 euros (por ejemplo, no presentar la Declaración Anual de Envases a tiempo).
- Infracciones graves: Multas de 10.001 a 100.000 euros (por ejemplo, no cumplir con los objetivos de reciclaje o no gestionar correctamente los residuos).
- Infracciones muy graves: Multas de 100.001 a 3.5 millones de euros (por ejemplo, falsificar documentación o incumplir gravemente las obligaciones de responsabilidad ampliada del productor).
Además de las multas, las empresas pueden enfrentarse la suspensión de actividades o la pérdida de licencias.
Colaboración con Entidades: Las empresas pueden necesitar colaborar con entidades especializadas en la gestión de residuos y reciclaje para cumplir con las nuevas normativas.
Eso incluye
- Las SCRAP: Entidades que gestionan los residuos de envases en nombre de los productores.
- Gestores de residuos autorizados: Empresas especializadas en la recogida, transporte y tratamiento de residuos.
- Organismos públicos: Las empresas deben colaborar con las autoridades competentes para cumplir con las normativas y presentar la documentación requerida.
Innovación y Desarrollo: Se espera que las empresas inviertan en I+D para encontrar nuevas formas de reducir, reutilizar y reciclar residuos, lo que puede llevar a la creación de nuevos productos y mercados. En este sentido se busca crear productos más duraderos, reparables y reciclables, e implementar tecnologías avanzadas para la gestión de residuos, como inteligencia artificial o blockchain para mejorar la trazabilidad.
En resumen, el RD 1055/2022 implica un cambio significativo en la forma en que las empresas industriales gestionan sus residuos y diseñan sus productos, con un enfoque hacia la sostenibilidad y la economía circular. Esto puede requerir inversiones y cambios operativos, pero también ofrece oportunidades para la innovación y la mejora de la competitividad a largo plazo.
“La regulación en torno a la gestión de los residuos -especialmente la de los envases- ha avanzado más en los últimos 5 años que en las tres décadas anteriores. Los desafíos ambientales cada vez son más presentes, los objetivos a alcanzar cada vez son necesariamente más ambiciosos y, por lo tanto, la necesidad de soluciones colaborativas e integradoras son cada vez más imprescindibles”, asegura Rosa Trigo, CEO de Ecoembes.
Además del RD 1055/2022, el Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, regula los envases y residuos de envases, modificando el Reglamento (UE) 2019/1020 y la Directiva (UE) 2019/904, y derogando la Directiva 94/62/CE.
Esta normativa se aplica a todos los envases introducidos en el mercado de la Unión Europea y a los residuos derivados de estos, sin importar el tipo de envase o material utilizado. Su propósito es armonizar las medidas nacionales para garantizar el funcionamiento del mercado interior, reduciendo los efectos adversos sobre el medio ambiente y la salud humana, promoviendo la economía circular. Este reglamento entró en vigor el 22 de enero de 2025.
Uno de los cambios más visibles ha sido la introducción de tapones que permanecen unidos a las botellas, una medida implementada el verano pasado para evitar que estos pequeños elementos se conviertan en residuos dispersos. Esta disposición, enmarcada en la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo, representa solo una parte del esfuerzo comunitario por frenar la contaminación plástica.
Este año, sin ir más lejos, ha entrado en vigor un nuevo requisito que refuerza los compromisos medioambientales de la Unión Europea. Según el artículo 6, apartado 5, de la citada directiva, «a partir de 2025, las botellas para bebidas cuyo principal componente en la fabricación sea el tereftalato de polietileno (‘botellas PET’) deberán contener al menos un 25% de plástico reciclado, calculado como una media de todas las botellas PET introducidas en el mercado dentro de su territorio».
Este cambio no afecta directamente a los consumidores, pero sí implica una adaptación significativa para los fabricantes de botellas de plástico. Las empresas deberán ajustar sus procesos de producción para cumplir con esta nueva normativa, asegurando que sus productos incorporen una proporción mínima de material reciclado.
Y la normativa europea no se detiene en 2025. El artículo sexto amplía esta exigencia para el año 2030, cuando todas las botellas para bebidas deberán contener «al menos un 30% de plástico reciclado, calculado como una media de todas esas botellas para bebidas introducidas en el mercado dentro de su territorio».