Las ayudas podrán tener forma de préstamo reembolsable o ser una combinación de préstamo y subvención. El importe total máximo convocado será de 95 millones de euros, de los que 80 millones serán en forma de préstamo y 15 millones euros en forma de subvención. La financiación total a conceder será como máximo del 80% del presupuesto financiable.
Podrán optar a las ayudas aquellas sociedades que no formen parte del sector público, que vengan desarrollando una actividad industrial durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud, y que cumplan todas las condiciones establecidas en el artículo 4 de la Orden ICT/713/2021, de 29 de junio.
Esta actuación tiene como objetivo apoyar la incorporación de conocimientos, tecnologías e innovaciones destinadas a la digitalización de los procesos y a la creación de productos y servicios tecnológicamente avanzados y de mayor valor añadido en las empresas industriales.
Se apoyarán proyectos en el ámbito de la digitalización industrial tanto la investigación industrial y el desarrollo tecnológico, como la innovación de procesos y de organización de empresas industriales.
Las iniciativas seleccionadas accederán a préstamos reembolsables al tipo de interés del 0% y con un plazo de amortización total de 5 años con 2 de carencia para línea ACTIVA-PYME y de 10 años con 3 años de carencia para la línea ACTIVA-Grandes implementaciones. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 17 de agosto de 2021.