Este régimen de obligaciones se aplicará a la tupida red de organizaciones empresariales que recibirán dinero público vía préstamo o vía subvención. Estos mecanismos afectarán a todos los implicados, desde ayuntamientos a comunidades autónomas pasando por empresas y, especialmente, a los llamados “agentes digitalizadores”.
Debajo de esta denominación de “agentes digitalizadores” se halla el núcleo, el verdadero motor que debe mover uno de los cuatro ejes que caracterizan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR): la transformación digital. Los otros tres ejes transversales son la transición ecológica, la cohesión territorial y la igualdad de género. Aunque el Plan estratégico español cuenta con 10 políticas palanca y 30 componentes, el componente digital es el más transversal de todos y aparece en casi todos los apartados. Y los “agentes digitalizadores” ocuparán un lugar central como instrumento necesario para que innumerables pequeñas y medianas empresas mejoren sus capacidades en competencias como el diseño de su página web o la gestión de procesos con el objetivo de recuperar/ganar competitividad y, en el fondo, para actualizar el ecosistema industria-servicios.
La política palanca número 5 del PRTR aborda “la modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme” y dentro de ella el componente 13 toca “el impulso a la pyme”. Sobre estos dos elementos se están aprobando convocatorias, algunas de ellas ya abiertas.
Kit Digital
El programa estrella que empezó a ser implementado desde el 15 de este mes de marzo y hasta el 15 de septiembre es el Kit Digital, destinado a pymes y autónomos. Sus bases reguladoras, publicadas en el BOE del 30 de diciembre de 2021, son “muy interesantes, porque muestran las obligaciones y deberes que van a tener tanto los agentes digitalizadores como los beneficiarios”, dijo Ignacio Albendea, socio del bufete de abogados Montoro & Aramburu. Albendea hizo estas declaraciones durante un webinar organizado por el Club Cámara de Comercio de Madrid.
El programa Kit Digital pretende, con una línea de subvenciones a fondo perdido de 3.067 millones de euros, facilitar la transformación digital de las pymes, que representan la mayoría del tejido industrial español. La gestión de estas ayudas corre a cargo de red.es, la entidad pública empresarial impulsora de la Agenda Digital en España. En su portal se encuentran todos los formularios con la primera fase de adhesión de todas las empresas tecnológicas interesadas que cumplan una serie de requisitos. Estos agentes digitalizadores serán quienes prestarán servicios y soluciones de digitalización de acuerdo con el siguiente catálogo (Anexo IV de la Orden Ministerial 1498/2021, de 29 de diciembre):
- Presencia en internet y sitio web: creación de una página web para la pyme y/o prestación de servicios para dar visibilidad a la misma en los principales sitios de Internet.
- Comercio electrónico: creación de una tienda online de compraventa de productos y/o servicios que utilice medios digitales para su intercambio.
- Gestión de redes sociales: promocionar la pyme en redes sociales.
- Gestión de clientes y/o proveedores: digitalizar y optimizar la gestión de las relaciones comerciales con los clientes.
- Business Intelligence y analítica: explotación de datos de la empresa para la mejora del proceso de toma de decisiones.
- Gestión de procesos: digitalizar y/o automatizar procesos de negocio relacionados con los aspectos operativos o productivos de la pyme.
- Factura electrónica: digitalizar el flujo de emisión de facturas entre la pyme y sus clientes.
- Servicios y herramientas de oficina virtual: implantar soluciones interactivas y funcionales que permitan la colaboración más eficiente entre los trabajadores de la pyme.
- Comunicaciones seguras: proporcionar a las pymes seguridad en las conexiones entre los dispositivos de sus empleados y la empresa.
- Ciberseguridad: proporcionar a las pymes seguridad básica y avanzada para los dispositivos de sus empleados.
Hasta ahora son ya 17.000 las empresas digitales o tecnológicas adscritas a esta iniciativa. Las ayudas van por segmentos. El segmento 1 se dedica a empresas entre 10 y menos de 50 empleados. Es el tramo que acaba de ser convocado y donde se pueden presentar solicitudes. Su presupuesto es de 500 millones de euros y el máximo de ayuda es de 12.000 euros. El segmento 2 apunta a microempresas entre 3 y menos de 10 empleados, donde el máximo de ayuda es de 6.000 euros. Y el segmento 3 se dirige a autónomos y hasta tres empleados, cuyo límite serán 2.000 euros.
¿Cómo funciona el Kit Digital? La ayuda se solicita a través de los formularios colgados en la página web de red.es. El plazo máximo de ayuda será de seis meses desde la notificación de su concesión. Se firma un acuerdo de prestación de soluciones de digitalización con el agente digitalizador, y este recibe el derecho a cobrar el llamado “bono digital” que le será abonado en dos partes: la primera, el 50%, con la firma del acuerdo; y el resto, con la justificación del trabajo.
Los agentes digitalizadores tendrán que cumplir una serie de condiciones. Suelen ser empresas con “una cierta solvencia”, con una facturación mínima acumulada de 200.000 euros en los dos años anteriores, al corriente de impuestos y de pagos a la Seguridad Social y no estar en crisis, es decir, con ciertas “garantías de filtro”, apuntó Albendea. Pero también tienen que respetar unos deberes en cuenta empiezan a cubrir sus servicios; por ejemplo, deben entregar a red.es un informe anual sobre las empresas a las que está ayudando con especial referencia al “empleo creado”. Aquellos agentes con más de 1.000 empleados o un volumen de negocios de 100 millones de euros están obligados a prestar estos servicios en todo el territorio nacional lo que implica la posibilidad de subcontratación si no tienen red comercial en la provincia o comunidad autónoma afectada.
Los agentes también tendrán que respetar el principio de “no causar daño significativo” (artículo 11 de la orden), es decir, que está prohibido emplear estos fondos en actividades “relacionadas con los combustibles fósiles” o con el mercado de derechos de emisión de CO2. Cuando el procedimiento sea en masa por el número y volumen de beneficiarios, el agente digitalizador deberá disponer de un buen protocolo de gestión. “Habrá que tener mecanismos de control sobre las empresas beneficiarias”, subrayó el abogado de Montoro & Aramburu. En concreto, se exigirán protocolos anticorrupción y antifraude que especialmente se van a exigir a los agentes digitalizadores, añadió Albendea.
La Orden Ministerial 1030/2021, de 30 de septiembre, configura el sistema de gestión del PRTR y recoge esos mecanismos de control que ya existían en nuestro ordenamiento jurídico, manifestó Marco Peña, consultor del citado bufete de abogados. El marco legal no es solo la Ley de Contratos del Sector Público de 2017 o la Ley de Subvenciones de 2003 sino también el Real Decreto Ley 36/2020, de 30 de diciembre, que vino a regular cuáles iban a ser las premisas que se iban a dar para desarrollar este tipo de ayudas públicas, y “donde se rebajaban las obligaciones de control de las administraciones públicas”, remarcó Peña. El control será a posteriori, a modo de justificación de los trabajos realizados, pero los beneficiarios tendrán que cumplir unos requisitos previos. “Eso ya estaba en la ley de 2017 aunque nadie lo exigía y a nadie se le obligaba a presentarlo”, agregó Peña. Concretamente el artículo 64 de la ley de 2017 que regula un precepto “muy amplio” sobre la prevención de la corrupción, el fraude y sobre todo los conflictos de intereses, un concepto este que se ampliaba tanto que, de hecho, bloqueaba prácticamente cualquier conversación de una entidad privada con un empleado público. Ahora, con la citada orden 1030/2021, concretamente como recoge su artículo 6, los conceptos de fraude, corrupción y conflicto de intereses se hacen mucho más concretos y las buenas prácticas legales o compliance penal devienen obligación esencial.
El ámbito de esta orden no es solo público sino también privado. Por tanto, las entidades privadas colaboradoras deben tener aprobados planes antifraude donde quede acreditado claramente que se persiguen tres conductas: el fraude, la corrupción y el conflicto de intereses.
“La delimitación del conflicto de intereses tiene un problema añadido. Su distinción con el fraude es complicada, porque, si existe tráfico de influencias, nos encontramos entre el fraude y el conflicto de intereses”, declaró Peña, quien indicó que el reglamento europeo 2018/1046, empleado como base por la orden 1030/2021, sostiene que los conflictos de intereses son “los intentos de influir indebidamente en un procedimiento de adjudicación u obtener información confidencial” que “deben tratarse como una falta profesional”. “La corrupción y el fraude tienen un resultado penal mientras que el conflicto de interés es meramente una infracción de actividad”, señaló el letrado. La orden 1030/2021 amplía el concepto a cualquier acción que pueda potencialmente crear un conflicto de intereses, comprometiendo la objetividad del funcionario.
Las empresas que ya tienen el compliance legal deberán cumplir con lo establecido en la orden 1030/2021. En otras palabras, deberán autoevaluarse de acuerdo con el Anexo II.B.5 y el Anexo III.C de la citada orden. El plan antifraude tiene que estar implementado en cuanto resulten adjudicatarios o beneficiarios de los fondos europeos, ayudas o préstamos.
Si hay sospechas de fraude, el proceso de licitación se paralizaría de inmediato y la empresa estaría obligada a poner el caso en conocimiento de la autoridad pública antifraude, iniciar un procedimiento de investigación interna para adoptar las medidas disciplinarias pertinentes y también ponerlo en conocimiento del ministerio fiscal.
Los agentes digitalizadores pueden ser gestores o representantes de los beneficiarios. Eso es voluntario. De hecho, algunos de esos agentes ofrecen gratis la gestión de las ayudas y la representación a los beneficiarios porque buscan el bono digital. “Es preferible tener cuota de mercado, conseguir clientes y facturación a través del bono digital que cobrar un porcentaje por la gestión de la ayuda”, dijo Albendea a modo de recomendación.
Además del Kit Digital, existen otras convocatorias de impulso de la transformación digital. Estas son algunas de ellas:
PERTE agroalimentario
Dentro del PERTE agroalimentario, aprobado por el Consejo de Ministros el 8 de febrero y dotado con 1.000 millones, hay tres ejes: el primero es el de fortalecimiento industrial; el segundo, el de digitalización; y el tercero se ocupa de I+D+i en el ámbito agroalimentario. El segundo acaba de ser convocado y sus beneficiarios son organizaciones profesionales de ámbito nacional, las confederaciones intersectoriales. Las ayudas llegan hasta el 100% de los gastos subvencionables en función de los límites y los rangos que establece la propia convocatoria.
Activa Startups
Otra convocatoria dentro del PRTR, la Activa Startups, que gestiona la Escuela de Organización Industrial (EOI), está destinada a pymes y startups que impulsen la digitalización y su participación en proyectos colaborativos. Aquí se tienen muy en cuenta las tecnologías emergentes, entendidas como tales la Inteligencia Artificial, el Internet de las Cosas (IoT), el blockchain, el procesamiento del lenguaje natural, la ciberseguridad, la biometría digital, la robótica, la computación cuántica…
Neotec Mujeres Emprendedoras
El Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación, tiene una convocatoria abierta de ayudas para proyectos innovadores liderados por mujeres, para pequeñas empresas que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Son ayudas a fondo perdido. La apertura de la convocatoria se produjo el 17 de febrero y el plazo concluye el 19 de abril. Financiará hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario y un presupuesto mínimo financiable de 175.000 euros.
ENISA emprendedoras digitales
La Empresa Nacional de Innovación (ENISA) gestiona una línea de financiación para pymes emergentes en las que las mujeres ocupen una posición de liderazgo. Su objetivo es reducir la brecha de género y para promover el emprendimiento femenino. No son ayudas a fondo perdido sino préstamos a particular que oscilan entre los 25.000 euros y los 1,5 millones. Ya está abierta y no tiene límite de vigencia (por el momento).
Además de ésta, ENISA tiene otras cuatro líneas más: Jóvenes Emprendedores, Emprendimiento, Crecimiento y AgroInnpulso.
Fondo ICO-Next Tech
Este fondo, adscrito al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, también es interesante. Es una iniciativa conjunta del Instituto de Crédito Oficial (ICO) y Axis con la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial (SEDIA). Nace con el objetivo de fomentar el desarrollo de proyectos digitales innovadores de alto impacto y la inversión en empresas en crecimiento (scale-ups) mediante el refuerzo de los instrumentos públicos de financiación, la atracción de fondos internacionales y la potenciación del sector de capital riesgo. Axis es una filial de capital riesgo del Grupo ICO. Los beneficiarios son startups y scale-ups. “Este fondo es para crear fondos”, explicó Albendea durante el citado webinar. Y su objetivo son proyectos relacionados con IA, IoT, computación en la nube, blockchain, procesamiento del lenguaje natural, ciberseguridad, algoritmos verdes, robótica, computación cuántica, nanotecnología, algoritmos verdes, impresión 3D y fabricación aditiva, biometría digital, realidad virtual, Edge computing, procesamiento masivo de datos o analítica avanzada de datos. El presupuesto mínimo para crear este fondo público/privado es de 4 millones de euros y el tícket mínimo es de 3 millones de euros y de 1 millón de euros en el caso de startups.
Para más información sobre ayudas y convocatorias del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (MINCOTUR), pinche aquí