Esta subvención, cuyas bases reguladoras han sido publicadas esta semana en el Boletín Oficial de Navarra, está dotada con 260.000 euros. Puede solicitarse hasta el 1 de abril para inversiones realizadas y pagadas entre el 3 de noviembre de 2023 y el 2 de noviembre de este año, ambas fechas incluidas. El importe de la ayuda será del 25% o 30%, según los casos, del gasto subvencionable, con un máximo de 30.000 euros por beneficiario.
Se financiarán inversiones en capital fijo para uso propio de la empresa, no para su venta o alquiler, y su necesidad tiene que estar reflejada en la evaluación de riesgos de la empresa y recogida en la planificación de la actividad preventiva.
Con esta convocatoria de ayudas se financiarán inversiones relacionadas con equipos de trabajo, con lugares de trabajo y con puestos de trabajo.
Respecto a los equipos, se podrá subvencionar la adaptación, sustitución o adquisición. En concreto, la adaptación total o sustitución de máquinas que tengan carencias de seguridad; el cambio de andamios para trabajos temporales de obra, cuadros eléctricos y sistemas provisionales de protección de borde no normalizados por otros de acuerdo a las normas UNE de aplicación específica; la compra de aparatos o plataformas elevadoras móviles de personas; y la adaptación o adquisición de máquinas y equipos por criterios ergonómicos. También se financiará la adaptación, sustitución o adquisición de máquinas, equipos u otras medidas de protección colectiva frente a agentes químicos, biológicos, ruido y vibraciones.
En cuanto la inversión en lugares de trabajo se sufragarán las intervenciones destinadas a ofrecer seguridad frente a los riesgos presentes en lugares de trabajo como suelos, aberturas, desniveles y barandillas; tabiques, ventanas y vanos; vías de circulación; puertas y portones; rampas, escaleras fijas y de servicio; y escalas fijas. Asimismo, se subvencionarán las actuaciones destinadas a mejorar el ambiente térmico en lugares de trabajo cerrados, la sustitución de cubiertas frágiles por otras que no lo sean, el cambio de materiales con amianto por otros libres de esta sustancia, y las intervenciones destinadas a ofrecer seguridad frente al riesgo de agresiones físicas a personas trabajadoras, golpes o atropellos de vehículos.