Además, este texto legislativo modifica tres Órdenes Ministeriales anteriores, sobre gestión de residuos, la TED/426/2020, la APM/205/2018 y la APM/206/2018, que establecían los criterios correspondientes para el papel y cartón recuperado destinado a la fabricación de papel y cartón, el aceite usado procesado procedente del tratamiento de aceites usados para su uso como combustible y el fuel recuperado procedente del tratamiento de residuos MARPOL tipo C para su uso como combustible en buques.
En la Orden Ministerial, se determina que en todos los casos los productores o importadores deberán implantar o exigir un sistema de gestión que les permita demostrar su cumplimiento con los requisitos de cada texto y que deberá estar certificado por una entidad de certificación acreditada de acuerdo al Reglamento nº765/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, lo que implica en el caso de España, el disponer de una acreditación de ENAC, la Entidad Nacional de Acreditación.
En relación con esta actividad, la European Accreditation (organización europea de acreditadores) ya estableció las normas y requisitos necesarios para poder evaluar de manera adecuada la competencia de este tipo de entidades que ENAC recogió en su documento RDE-10, y que constituye la base para esta acreditación.