Esta Orden se encuentra dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En cuanto a las modificaciones añaden que las empresas que “no estén al corriente de pagos”, en crisis o que no cumplan con la Ley de Subvenciones, no podrán adquirir la condición de beneficiarios.
Otra de los cambios es referente a que el beneficiario debe incorporar un “contenido mínimo” para que la Administración analice y detecte lo antes posible el riesgo de conflictos de interés. También añade que deberán presentar una declaración de ausencia de conflicto de intereses.
En caso de la concesión de préstamo, donde los beneficiarios pueden solicitar una modificación del cuadro de amortización, la solicitud deberá “presentarse al menos tres meses antes del primer vencimiento del préstamo”. Añaden, que las convocatorias determinarán los plazos máximos de amortización y de “carencias aplicables”.
La Oficina de Fondos Europeos recomiendan que, “aquellas empresas que vayan a solicitar esta subvención, vayan preparando sus proyectos de inversión”, puesto que la convocatoria “puede salir en cualquier momento” y los plazos de solicitud “son breves”. En 2022, la convocatoria fue publicada el 13 de abril y el plazo fue desde el 25 del mismo mes hasta el 17 de mayo.