En el sector del metal, cualquier pequeña o mediana empresa a la que acceden proveedores, empresas de mantenimiento (instalaciones, equipos de trabajo, suministros, etc.), comerciales o clientes, “se les aplica una serie de obligaciones empresariales en materia de coordinación”.
Una de esas obligaciones a empresarios, bien sean titulares o principales del centro de trabajo, es “informar a los otros empresarios concurrentes sobre los riesgos propios del centro de trabajo que puedan afectar a las actividades por ellos desarrolladas, las medidas preventivas y las medidas de emergencia que se deben aplicar”. Estos riesgos a los que pueden estar expuestos pueden ser de colisión y atrapamiento, ergonómicos compartidos, eléctricos y de instalaciones, de comunicación y coordinación, entre otros.
Así, la asistencia técnica consiste en que técnicos de AECIM, expertos en seguridad laboral, “realicen visitas a las empresas participantes para identificar riesgos específicos y proporcionar recomendaciones concretas para su mitigación”. Realizarán un documento en el cual se recoge toda la información sobre la existencia de los mencionados riesgos en los casos de concurrencia que pueden producirse en la empresa, y se indicará las obligaciones empresariales y los medios de coordinación más adecuados.
Como resultado de esta actuación, se elaborará “un informe confidencial para la empresa participante que recogerá los datos obtenidos de las mediciones y recomendaciones preventivas y que será entregado mediante correo electrónico”. Además, recibirán un cartel divulgativo con la información relativa a los riesgos y las medidas preventivas que se deben adoptar.