Asimismo, “el objetivo de esta línea de ayudas es apoyar proyectos singulares de industria avanzada para crecer en la industrialización de alto valor añadido, aprovechando los fondos Next Generation para situar a la Comunitat Valenciana entre las regiones europeas más potentes en industria”, ha destacado el conseller de Economía Sostenible, Rafa Climent.
En cuanto al DOGV de 16 de mayo ha publicado la convocatoria de estas nuevas ayudas en régimen de concurrencia competitiva correspondientes a 2022, para apoyar la realización de proyectos empresariales de inversión, así como de investigación industrial y desarrollo experimental, que sean ejecutados en la Comunitat Valenciana por empresas industriales, pudiendo considerarse estratégicos para concurrir alguna o varias circunstancias.
Dichas circunstancias son tales como tener un carácter tractor industrial con efectos a medio o largo plazo; por su capacidad de vertebrar un determinado territorio o generar grandes impactos económicos y en su uso; por generar determinadas externalidades positivas de gran relevancia sobre la actividad industrial en la Comunitat Valenciana, más allá de los beneficios directos a las empresas participantes en el proyecto; por involucrar a gran parte de una o varias cadenas de valor industriales; por su capacidad para movilizar inversión privada interna o externa; y por suponer una diversificación o cambio estratégico en alguno de los productos o bienes producidos en un establecimiento industrial situado en la Comunitat Valenciana.
Además, la previsión presupuestaria para los proyectos, que podrán ser plurianuales si su desarrollo lo precisa, es de 1 millón de euros para el ejercicio 2022 y 700.000 para 2023.
Costes subvencionables
De cara a las empresas solicitantes podrán elegir amparar, todo el proyecto estratégico o determinados costes subvencionables, en alguno o varios de los siguientes marcos normativos que estén vigentes: el reglamento de minimis, el Marco Nacional Temporal de ayudas COVID 19 (MNT) y el Reglamento General de Exención por Categorías (RGEC).
Los costes subvencionables al amparo del Reglamento de minimis y el MNT son tales como Inversiones en activos materiales e inmateriales vinculados directamente al proyecto; gastos laborales de personal propio en la medida en que se acredite su participación en el proyecto, y con el límite del 35% del total de los costes del proyecto; y gastos de contratación de colaboraciones externas como consultorías, servicios profesionales, asistencias técnicas, servicios de información y difusión, alquiler no permanente de espacios, y cualquier otro gasto imprescindible para la realización de la actividad subvencionada.
Del mismo modo, adquisición, obtención, validación y defensa de patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños y desarrollos industriales y otros conocimientos técnicos, así como los costes de certificación u otras formas de homologación o normalización de productos; gastos de asesoría jurídica, gastos notariales y registrales y gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado; y gastos para la elaboración del informe de revisión de la cuenta justificativa.
De igual forma, la cuantía de la ayuda prevista es de hasta el 40% en el caso de grandes empresas, hasta el 50% en el caso de medianas empresas y hasta el 60% en el caso de pequeñas empresas. El máximo de ayuda por empresa es de 200.000 euros en 3 ejercicios fiscales, para costes acogidos al reglamento minimis, y 2,3 millones de euros de ayudas recibidas al amparo del MNT.
Por otro lado, los costes subvencionables al amparo del RGEC serían los costes de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, así como los de estudios de viabilidad (ayuda del 25% al 80% según el tamaño de empresa y tipos de coste); costes de las inversiones que permitan a la empresa incrementar el nivel de protección medioambiental derivado de sus actividades superando las normas de la Unión aplicables, o incrementarlo en ausencia de éstas (ayuda del 45% al 65% según la tamaño de la empresa).
Finalmente, también entran dentro de los costes del RGEC los costes de las inversiones para mejorar eficiencia energética (ayuda del 35% al 55% según el tamaño de la empresa) y costes de las inversiones en energías de fuentes renovables (ayuda del 50% al 70% según el tamaño de la empresa).
Así, el presupuesto mínimo subvencionable del proyecto en su totalidad será de 500.000 de euros, IVA excluido.