El importe máximo destinado a estas subvenciones en el ejercicio 2022 es de 5,5 millones de euros. El presupuesto se destinará a la subvención de las acciones puestas en marcha en los ámbitos de:
Digitalización, con iniciativas como:
- Desarrollo del comercio electrónico.
- Potenciación del telebrajo
- Big data.
- Implantación de sistema de gestión avanzada de la empresa.
Producción sostenible, para perseguir objetivos de sostenibilidad orientándose a una economía verde, circular e hipocarbónica para reducir el consumo energético y las emisiones de CO2, con actuaciones como:
- Implantación y certificación de la Norma ISO 50001 de gestión energética.
- Implantación y certificación en Norma de Ecodiseño UNE-EN ISO 14006, ecoetiquetas o huella de carbono.
- Inscripción/renovación en el Registro del Sistema Europeo de Gestión Medioambiental (EMAS).
- Realización de auditorías energéticas ajustadas a la norma UNE-EN 16247 y sus posteriores modificaciones.
- Despliegue de tecnología basada en datos y orientada al uso más eficiente de la energía con el objetivo del ahorro de costes.
- Implantación de medidas concretas de ahorro energético en las instalaciones tales como:
- Sustitución o mejora de equipos y/o instalaciones consumidoras de energía de procesos productivos.
- Sustitución o mejora de equipos y/o instalaciones existentes de producción de calor y frío.
- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación y/o de los equipos de elevación y manutención de los edificios.
- Rehabilitación y mejora de la envolvente térmica de los edificios.
- Implantación de medidas de contabilización, monitorización y gestión en remoto del consumo de energía, asociadas a otras actuaciones de ahorro.
- Instalaciones de energías renovables que supongan una reducción del consumo energético de fuentes convencionales.
Mejora productiva – Plan Renove – transición hacia la industria 4.0, para la mejora de la productividad y eficiencia, y el refuerzo de la posición competitiva.
Respuesta al contexto generado por la COVID-19, con medidas como la reorientación de la actividad para la diversificación y la apertura a nuevos clientes y mercados, con especial atención a aquellas cuya diversificación se haya dirigido a la producción de productos o servicios para hacer frente a la crisis sanitaria producida por el coronavirus.
Beneficiarios: Podrán acceder a estas subvenciones pymes ubicadas en el termino municipal de Madrid, con actividad productiva y encuadradas en las secciones del CNAE 2009:
- C – Divisiones 10 a 32, así como la 3320 (Instalación de máquinas y equipos industriales).
- D – División 35.19 (Producción de energía eléctrica de otros tipos).
- E – Divisiones 36 a 39 (Suministro de agua, saneamientos, gestión de residuos y descontaminación).
- G – División 45.2 (mantenimiento y reparación de vehículos a motor).
- H – División 52 (almacenamiento y actividades anexas al transporte) y 53 (actividades postales y de correos).
- J – División 58.1 (edición de libros, periódicos y otras actividades editoriales), 58.2 (edición de programas informáticos), 59.1 (Actividades cinematográficas, de vídeo y de programas de televisión), 59.2 (Actividades de grabación de sonido y edición musical).
- M – División, 71.1 (Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico).
- R – División 90.0 (Actividades de creación, artísticas y espectáculos).
El importe máximo de las ayudas es el que se recoge en la siguiente tabla: