Dicha transformación digital se pretende conseguir en alguno de los sectores económicos tales como vehículo conectado; salud y servicios sociales; turismo; servicios portuarios y aeroportuarios; agricultura, ganadería, silvicultura y pesca; suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación; medio ambiente y calidad del aire.
Además, comercio; almacenamiento y logística; educación; energía; gestión de emergencias; industria extractiva y manufacturera; seguridad; hostelería; información y comunicaciones; actividades financieras y de seguros; actividades inmobiliarias; defensa y seguridad; movilidad y transporte; construcción; actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento; industria Naval; y otros servicios.
En cuanto a los beneficiarios serán las empresas dentro de las cuales se integran en este concepto las sociedades mercantiles públicas, los entes públicos empresariales y los empresarios individuales.
También los organismos de investigación y de difusión de conocimientos, entre los que se incluyen: los organismos públicos de investigación de la administración general del Estado, universidades, otros centros públicos y privados de I+D, centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica, ambos de ámbito estatal, así como, todas aquellas organizaciones de apoyo a la transferencia, difusión y divulgación tecnológica y científica.
Así, cuando el objeto de la actuación lo requiera, esta podrá ser desarrollada de forma individual o en cooperación. Las entidades participantes en proyectos en cooperación deberán formar una agrupación sin personalizad jurídica, rigiéndose por el contrato, convenio o acuerdo que la regule.
De cara a la financiación e intensidad máxima de ayuda se establece dependiendo del tipo de proyecto y las características de las empresas. Sin embargo, para ser objeto de ayuda de esta convocatoria, los proyectos deberán contar con un presupuesto mínimo de 3 millones de euros y un máximo de 15 millones de euros.
En lo relativo al tipo de proyectos, se basan en proyectos de desarrollo experimental y las intensidades brutas máximas de ayudas en forma de subvención a los beneficiarios serán hasta el 25% del coste subvencionable del proyecto (empresas no PYME); hasta el 35% del coste subvencionable del proyecto (medianas empresas); y hasta el 45% del coste subvencionable del proyecto (pequeñas empresas).
Sin perjuicio de lo anterior, la intensidad de la ayuda podrá alcanzar hasta el 60%, aumentando en 15 puntos porcentuales los máximos previstos por tipo de empresa si se cumplen condiciones como que el proyecto implique una cooperación efectiva, siempre y cuando al menos una de las empresas sea PYME o bien, se desarrolle en al menos, dos Estados miembros o en un Estado miembro y una parte contratante en el acuerdo EEE y siempre y cuando ninguna empresa corra por sí sola con más del 70% de los costes subvencionables.
Asimismo, que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de datos de libre acceso o programas informáticos o de fuente abierta.
Finalmente, las solicitudes se realizarán únicamente mediante tramitación en la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través del formulario específico habilitado.
El plazo de presentación de solicitudes comenzó el día 19 de agosto de 2022 hasta el 08 de septiembre de 2022.