PROYECTO REGULATORIO

El MITECO tramita por la vía de urgencia una propuesta de Real Decreto para reforzar el sistema eléctrico

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha iniciado la tramitación por la vía de urgencia y acortando plazos de una propuesta de Real Decreto por el que se aprueban determinadas medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico.

El proyecto regulatorio contiene medidas incluidas en el Real Decreto-ley 7/2025 que pueden promulgarse con menor rango normativo y que contribuyen a aumentar la resiliencia del sistema eléctrico y responder a los riesgos y oportunidades de la transición ecológica.

En primer lugar, incorpora medidas de supervisión y control dirigidas al cumplimiento de las obligaciones por parte del conjunto de agentes del sector eléctrico. Así para reforzar la gestión técnica del sistema, se propone potenciar las funciones de supervisión de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que deberá evaluar las obligaciones de control de tensión de los sujetos obligados a prestar el servicio, y elaborar el informe correspondiente, que actualizará cada tres meses.

El Regulador también completará un plan de inspección extraordinario de las capacidades de reposición, con mayor atención a las instalaciones con arranque autónomo y las redes de distribución, que se repetirá cada tres años.

Por otro lado, se encomienda al Operador del Sistema –Red Eléctrica–, a elaborar propuestas de modificaciones normativas sobre las respuestas frente a las oscilaciones de potencia, sobre la velocidad de variación de tensiones, sobre la programación de las restricciones técnicas y sobre otros elementos técnicos que contribuyen a fortalecer la seguridad del sistema.

De igual modo, se emplaza a Red Eléctrica el desarrollo de un nuevo Procedimiento de Operación para coordinar los planes de desarrollo de la red de transporte y de la red de distribución, y una propuesta de requisitos mínimos de monitorización para análisis de incidentes.

Estas propuestas técnicas del Operador del Sistema deberán estar listas en plazos de tres a seis meses; las reformas normativas subsiguientes deben ser analizadas por parte de los organismos competentes y, en su caso, tras las correspondientes valoraciones, aprobarlas en menos de seis meses.

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