Estas ayudas, que se enmarcan dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que forma parte del Fondo de Recuperación ‘Next Generation EU’ tienen una financiación de 482.010 euros que podría ampliarse, y contempla dos líneas de actuación.
Asimismo, la línea primera, con 350.000 euros, destinada a la conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps; y la línea segunda, con 132.010 euros, dirigidas a cubrir inversiones y gastos para la instalación de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a 1 Gbps que abarque el conjunto del ámbito de actuación material, así como, en su caso, sus zonas industriales adyacentes, a fin de interconectar cada uno de los centros, unidades, instalaciones y dependencias que lo conforman, en terrenos cuya gestión corresponda a una entidad de derecho público.
Además, las ayudas destinadas a los operadores autorizados, se podrán otorgar en aquellas zonas geográficas que carecen de cobertura NGA, es decir, aquéllas que no disponen de cobertura de redes de banda ancha de nueva generación, ni previsiones para su dotación en el plazo de 3 años, así como en las zonas que tengan cobertura o previsiones de cobertura por parte de una sola infraestructura (tradicionalmente conocidas como zonas grises NGA) y no permitan velocidades superiores a los 100 Mbps. Dichas zonas están señaladas en la orden y aparecen clasificadas en el listado de ayuntamientos que aparecen en uno de los anexos.
De igual forma, serán inversiones subvencionables los asociados al proyecto relativos a las infraestructuras y obra civil, equipamiento y otros materiales y gastos de personal propio y se tendrán en cuenta las actuaciones que se materialicen en el período que va desde la presentación de la solicitud hasta la fecha de finalización del proyecto que será el 31 de diciembre de 2023.
Así, la cantidad máxima de las ayudas será del 80% del coste de todos los conceptos subvencionables, y el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía, que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Finalmente, la Consejería de Industria valorará la concesión de las ayudas en régimen competitivo y tendrán en cuenta criterios como la creación de empleo, la lucha contra la despoblación, que el operador sea pyme o autónomo y que fomente la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.